Considerando que el artículo 12, fracción XXX, establece que la Titular de la Unidad General de Asuntos Jurídicos le corresponde autorizar, mediante oficio, a las personas servidoras públicas bajo su adscripción, las representaciones a que se refieren las fracciones XXIX, XXXI, XXXIII, XXXV, XXXVI y XXXVIII del referido artículo y, en su caso, sustituir o revocar dichas representaciones; de igual manera, el artículo 40, fracción XXI, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud establece que el Titular de la Dirección General de lo Contencioso y Procedimientos Constitucionales le corresponde autorizar mediante oficio, a las personas servidoras públicas bajo su adscripción, para las representaciones a que se refieren las fracciones II, V, VI, IX, X, XV, XVI, XVIII, XIX y XX de este artículo y, en su caso, sustituir o revocar dichas representaciones.
Bajo tal tesitura, y en resguardo del principio de publicidad de los actos administrativos que tiene como propósito velar y proteger la garantía de seguridad jurídica de todo administrado, los servidores públicos autorizados son los siguientes:
- Mtro. Gonzalo Everardo Martínez, Director de Procesos Jurisdiccionales y Atención a Emergencias Sanitarias de la Secretaría De Salud.
- Lic. Jonathan Israel Arenas Álvarez, Subdirector de Amparo de la Secretaría de Salud.
- Lic. Miguel Angel Covarrubias Resendiz, Abogado de la Unidad General de Asuntos Jurídicos de la Secretaría de Salud.
- Lic. Juana Araceli Cruz Morales, Jefa del Departamento de Normas de la Secretaría de Salud.
Última modificación :
Miercoles, 25 de febrero de 2026.